Al constituir una empresa se incurre en una serie de gastos necesarios, se trata de gastos jurídicos obligatorios para poder poner en marcha una empresa, esta serie de gastos deben ser incluidos dentro de la contabilidad de la empresa cuando inicie su actividad económica, considerados como gastos del ejercicio, es importante tener en cuenta que este tipo de gastos solo surgirán una vez en la vida de la empresa y es al momento de su constitución y puesta en marcha, conozcamos la definición de gastos de constitución y de primer establecimiento.
Definición de Gastos de constitución y de primer establecimiento
Se trata de aquellos gastos obligatorios y necesarios para poder constituir una empresa y dar inicio a su actividad económica, estos gastos van desde gastos de notaría, registro, impuestos mercantiles, hasta gastos de publicidad, sondeo de mercados, entre otros.
Gastos de constitución
Los gastos de constitución son específicamente aquellos necesarios para crear una nueva empresa, su naturaleza es jurídica como; escrituras notariales o registros mercantiles.
Para crear una empresa se debe reservar el nombre de la sociedad jurídica, luego el otorgamiento de las escrituras publica, se cancelan los impuestos de actos jurídicos, para finalmente inscribir a la empresa en el registro mercantil.
Gastos de primer establecimiento
Los gastos de primer establecimiento, permiten a la empresa iniciar sus actividades económicas, como publicidad, estudio de los mercados, capacitación del personal o gastos de puesta en marcha.
Contabilización de los Gastos de constitución y de primer establecimiento
Los gastos de primer establecimiento atendiendo a su naturaleza deben incluirse dentro de la cuenta de ganancias y pérdidas en el ejercicio en el que se incurran, no generarán diferencias entre la contabilidad y la fiscalidad.
Los gastos de constitución por otro lado, deberán imputarse directamente al patrimonio de la empresa, estos gastos formarán parte del conjunto de variaciones del patrimonio neto del ejercicio y son deducibles fiscalmente aunque se hayan registrado en cuentas de reservas.